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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258817
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXV, Segunda Parte; Pág. 17
OFENDIDO, DECLARACION DEL, EN EL SUPUESTO DE DAR UN DOMICILIO DISTINTO AL SUYO VERDADERO.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXV, Segunda Parte; Pág. 17
Si el ofendido en un delito, no incurre en contradicciones que pudiesen afectar la esencia de la mecánica de los hechos que describe, no afecta en nada si al dar sus datos generales señala como domicilio uno diverso al suyo verdadero.
Precedentes
Amparo directo 5591/65. Miguel Torres Canales. 24 de noviembre de 1967. Cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández.