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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258822
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIV, Segunda Parte; Pág. 12

COHECHO. PUEDE SER DELITO UNILATERAL O BILATERAL.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIV, Segunda Parte; Pág. 12

Precedentes

Amparo directo 8102/65. Ricardo de la Garza y Garza. 5 de octubre de 1967. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Mario G. Rebolledo Fernández. Ponente: José Luis Gutiérrez Gutiérrez.
Registro digital (IUS): 258822