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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258837
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIII, Segunda Parte; Pág. 23

VENTAJA. HIPOTESIS DE LA FRACCION IV DEL ARTICULO 316 (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIII, Segunda Parte; Pág. 23

Precedentes

Amparo directo 1862/64. Juan Guzmán Arceo. 18 de septiembre de 1967. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.
Registro digital (IUS): 258837