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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258843
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXII, Segunda Parte; Pág. 13
CERTIFICADOS MEDICOS PROVISIONALES, VALOR DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXII, Segunda Parte; Pág. 13
Cuando las lesiones sean tales que ya sea por el órgano u órganos afectados, o por circunstancias específicas, sean de aquellas que, además de ser clasificadas provisionalmente como de las que ponen en peligro la vida, racionalmente pueda afirmarse que así sea, sin que para ello se requieran conocimientos especializados, puede el Juez atribuir valor probatorio pleno al certificado provisional, aun cuando no exista el definitivo.
Precedentes
Amparo directo 10214/66. Julián Chacón Talamantes. 2 de agosto de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.