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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258852
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXI, Segunda Parte; Pág. 11
ACUMULACION REAL Y ACUMULACION IDEAL, CONCEPTO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXI, Segunda Parte; Pág. 11
La diferencia entre el concurso formal y el material, radica en que mientras en el primero hay una sola conducta y varias lesiones jurídicas, cada una constitutiva de delito, en el concurso material hay varias conductas y varias lesiones entrelazadas, porque se dan dentro de una secuela delictiva. Si se trata de secuelas delictivas diversas, se está fuera del caso del concurso material, aun cuando pueda darse la acumulación procesal.
Precedentes
Amparo directo 7590/64. Guillermo Eugenio Laris Rubio. 7 de julio de 1967. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 10, página 41, bajo el rubro "ACUMULACION REAL Y ACUMULACION IDEAL. CONCEPTO DE.".