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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258855
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXI, Segunda Parte; Pág. 30
EBRIEDAD, COMPROBACION DEL ESTADO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXI, Segunda Parte; Pág. 30
El estado de ebriedad, para su comprobación, no precisa de experimentos, procedimientos o ensayos complicados, sino que basta el examen hecho por los facultativos para poder afirmar su existencia.
Precedentes
Amparo directo 9725/66. René Moreno Palacios. 21 de julio de 1967. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen XVIII, página 67. Amparo directo 5944/57. Pablo Armenta Goicochea. 10 de diciembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Nota: En el Volumen XVIII, página 67, esta tesis aparece bajo el rubro "EMBRIAGUEZ, PRUEBA DE LA.".