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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258862
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Segunda Parte; Pág. 12
CICATRICES PERPETUAS. CERTIFICADO MEDICO CONFUSO (LEGISLACION DEL ESTADO DE MORELOS).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Segunda Parte; Pág. 12
Cuando el certificado médico habla de cicatriz visible y no de cicatriz notable, debe de concluirse que no está acreditado mediante la prueba procesalmente válida que se este en presencia de una cicatriz perpetuamente notable en la cara, como lo exige el artículo 287 del Código Penal del Estado de Morelos.
Precedentes
Amparo directo 7384/66. Reynaldo Martínez Sota. 16 de junio de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.