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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258868
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Segunda Parte; Pág. 25
CHEQUES SIN FONDOS, NO ES LEY PRIVATIVA LA QUE ESTABLECE EL DELITO DE GIRAMIENTO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Segunda Parte; Pág. 25
Ley privativa, técnicamente hablando, es aquella que tiene uno o varios destinatarios predeterminados, y es obvio que no existe tal predeterminación en el caso del artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, que establece el delito de giramiento de cheques sin fondos. Por otra parte, pretender que la ley penal se agota en el Código Penal, es ignorar que donde quiera que se esté creando un tipo se está en presencia de la ley punitiva. El propio artículo 6o. del Código Penal establece que "Cuando se cometa un delito no previsto en éste código, pero si en una ley especial, se aplicará ésta, observando las disposiciones conducentes de este código".
Precedentes
Amparo directo 397/66. María Félix viuda de Veloz. 16 de junio de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.