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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258871
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Segunda Parte; Pág. 27

DROGAS ENERVANTES, POSESION DE.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Segunda Parte; Pág. 27

Precedentes

Amparo directo 1562/62. Hilda Cordero Gómez. 22 de junio de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen LXIV, página 15. Amparo directo 3261/62. Santos Alvarado Cortés. 5 de octubre de 1962. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Volumen L, página 25. Amparo directo 2901/61. Jesús Rosales Parás. 14 de agosto de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Nota: En el Volumen LXIV, página 15, esta tesis aparece bajo el rubro "ENERVANTES, POSESION DE.". En el Volumen L, página 25, esta tesis aparece bajo el rubro "ENERVANTES, DELITO DE POSESION DE.".
Registro digital (IUS): 258871