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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258880
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Segunda Parte; Pág. 35

REINCIDENCIA. EL TRIBUNAL DE SEGUNDA INSTANCIA NO ES COMPETENTE PARA ORDENAR SE HAGA EFECTIVA LA PENA ANTERIOR (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Segunda Parte; Pág. 35

Precedentes

Amparo directo 3089/66. Baldomero Rivera Rivera. 9 de junio de 1967. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Registro digital (IUS): 258880