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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258902
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVIII, Segunda Parte; Pág. 18
CONDENA CONDICIONAL, MALA CONDUCTA PARA LA CONCESION DE LA, Y DELINCUENTES PRIMARIOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVIII, Segunda Parte; Pág. 18
Para la concesión del beneficio de la condena condicional, no es necesario que se acredite con una sentencia ejecutoria la mala conducta del reo; la resolución judicial firme tiene por objeto que se pruebe que el acusado no es delincuente primerizo, por haber sido sentenciado anteriormente.
Precedentes
Amparo directo 4990/66. Juan Serrano Ruiz. 27 de abril de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández.