Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/258920
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258920
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVIII, Segunda Parte; Pág. 36
RAPTO, DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVIII, Segunda Parte; Pág. 36
Aun cuando el acusado afirme que consumó el apoderamiento de la ofendida con el fin de contraer matrimonio en cuanto se divorciara de su esposa, esto no lo exime de responsabilidad, pues en el delito de rapto se incluye un elemento finalista de contenido sexual, que debe estar presente para que el mismo se integre.
Precedentes
Amparo directo 3214/66. Willebaldo González Goitia. 17 de abril de 1967. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández.