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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258933
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVII, Segunda Parte; Pág. 23
FRAUDE, AL OMITIR DATOS FIDEDIGNOS Y PROPORCIONAR DATOS FALSOS PARA CONSEGUIR UN PRESTAMO REFACCIONARIO, SE CONFIGURA EL DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVII, Segunda Parte; Pág. 23
La omisión de datos fidedignos y el proporcionar después datos falsos para la obtención de un préstamo refaccionario, son circunstancias que se encuentran vinculadas por la unidad de intención delictuosa del acusado; por ello, la sentencia que lo declare responsable del delito de fraude, no infringe garantías en su perjuicio, pues es indudable que aun cuando el préstamo es de carácter civil, sin embargo, la conducta que se despliega para obtenerlo, cae dentro del ámbito del derecho penal, por haber omitido dar informes veraces y suministrar datos falsos.
Precedentes
Amparo directo 7947/66. José Pinelo Torres. 27 de marzo de 1967. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández.