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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258940
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVII, Segunda Parte; Pág. 31

PRUEBA APRECIACION DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVII, Segunda Parte; Pág. 31

Precedentes

Amparo directo 4575/66. Enrique Alfani Hidalgo. 6 de marzo de 1967. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Quinta Epoca: Tomo CXXVII, página 66. Amparo directo 2667/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 9 de enero de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez. Nota: En el Tomo CXXVII, página 66, esta tesis aparece bajo el rubro "PRUEBAS, APRECIACION DE LAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).".
Registro digital (IUS): 258940