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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258978
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIV, Segunda Parte; Pág. 18

CASO FORTUITO E IMPRUDENCIA.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIV, Segunda Parte; Pág. 18

Precedentes

Amparo directo 945/66. Claudio Quintana Campis. 7 de diciembre de 1966. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen XVIII, página 37. Amparo directo 5836/58. Eleno Rubio Villegas. 10 de diciembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Registro digital (IUS): 258978