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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258982
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIV, Segunda Parte; Pág. 25
EBRIEDAD, DELITO COMETIDO EN ESTADO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIV, Segunda Parte; Pág. 25
El estado de ebriedad, por si mismo, altera la culpabilidad dolosa.
Precedentes
Amparo directo 9946/65. Benjamín Montufar Andrade. 7 de diciembre de 1966. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Véanse:
Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen LXIII, Segunda Parte, página 32, tesis de rubro "EBRIEDAD, ESTADO DE.".
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 127, página 261, bajo el rubro "EMBRIAGUEZ VOLUNTARIA. ATENUANTE IMPROCEDENTE.".