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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258991
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIII, Segunda Parte; Pág. 16
CERTIFICADOS MEDICOS, VALOR DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIII, Segunda Parte; Pág. 16
No es de tomarse en cuenta que los médicos que extiendan un certificado definitivo no hayan sido los que atendieran al lesionado, pues tal circunstancia no le resta valor probatorio a dicho certificado, máxime si está suscrito por los mismos médicos que expidieron el de esencia, ni tampoco que en éste se haya clasificado la lesión como de las que ponen en peligro la vida y la integridad del miembro lesionado, pues tal certificado es provisional y no puede referirse a las consecuencias probables que deje.
Precedentes
Amparo directo 1588/64. David López García. 3 de noviembre de 1966. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto González Blanco.