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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258996
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIII, Segunda Parte; Pág. 22

HOMICIDIO TUMULTUARIO, INEXISTENCIA DEL DELITO DE.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIII, Segunda Parte; Pág. 22

Precedentes

Amparo directo 2761/65. Faustino y Gabriel Segura Campos. 10 de noviembre de 1966. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen XXIV, página 239. Amparo directo 1650/56. Ignacio García López. 20 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez. Nota: En el Volumen XXIV, página 239, esta tesis aparece bajo el rubro "HOMICIDIO TUMULTUARIO.".
Registro digital (IUS): 258996