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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
259010
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIII, Segunda Parte; Pág. 37

VIOLACION, VALOR DEL DICHO DE LA OFENDIDA EN EL DELITO DE.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIII, Segunda Parte; Pág. 37

Precedentes

Amparo directo 2966/66. Vicente Turrubiates Maldonado. 16 de noviembre de 1966. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen XLVIII, página 72. Amparo directo 2472/60. José Asención González Aguilar. 8 de junio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Volumen XLVI, página 34. Amparo directo 8584/60. Cornelio Moreno Moreno. 14 de abril de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Nota: En el Volumen XLVIII, página 72, esta tesis aparece bajo el rubro "VIOLACION, COMPROBACION DEL DELITO DE.". En el Volumen XLVI, página 34, esta tesis aparece bajo el rubro "VIOLACION, VALOR DEL TESTIMONIO DE LA OFENDIDA EN CASO DE.". Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 194, página 387, bajo el rubro "OFENDIDO, VALOR DE LA DECLARACION DEL.".
Registro digital (IUS): 259010