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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
259020
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Segunda Parte; Pág. 27

EBRIEDAD, IMPROCEDENCIA POR MANEJAR EN ESTADO DE.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Segunda Parte; Pág. 27

Precedentes

Amparo directo 2604/66. Fermín Estrada Flores. 21 de octubre de 1966. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen LXXIII, página 18. Amparo directo 7163/62. Engelberto Barrios Cárate. 31 de julio de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela. Volumen LXI, página 49. Amparo directo 7434/58. Carlos Salazar Ortega. 9 de julio de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Nota: En el Volumen LXXIII, página 18, esta tesis aparece bajo el rubro "EMBRIAGUEZ, CONDUCCION DE VEHICULOS EN ESTADO DE.". En el Volumen LXI, página 49, esta tesis aparece bajo el rubro "VIAS DE COMUNICACION, ATAQUES A LAS. CONDUCCION DE VEHICULOS EN ESTADO DE EBRIEDAD.".
Registro digital (IUS): 259020