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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
259026
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIV, Segunda Parte; Pág. 49

ROBO, CONSUMACION DEL.

[J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXIV, Segunda Parte; Pág. 49

Precedentes

Volumen VI, página 241. Amparo directo 5064/56. Nicolasa Cabrera Ortiz. 20 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne. Volumen XII, página 83. Amparo directo 790/55. Pedro Sánchez Sánchez. 20 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón Volumen XXX, página 80. Amparo directo 5862/57. Roberto Chaparro Quintana. 21 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez. Volumen XXXIX, página 100. Amparo directo 2246/60. Manuel Moreno Torres. 2 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Volumen CXII, página 47. Amparo directo 3460/66. Francisco Martínez Galván. 21 de octubre de 1966. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Registro digital (IUS): 259026