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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
259028
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Segunda Parte; Pág. 51

VEHICULOS DE SERVICIO PUBLICO, DAÑO EN PROPIEDAD AJENA COMETIDO CON MOTIVO DEL TRANSITO DE. CASO EN QUE LA QUERELLA ES NECESARIA.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Segunda Parte; Pág. 51

Precedentes

Amparo directo 3136/66. Enrique Rivera Ramírez. 20 de octubre de 1966. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente. Amparo directo 8092/65. Roberto Fernández Fernández. 20 de octubre de 1966. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado. Amparo directo 514/66. Joaquín Hormigo Ezeta. 7 de octubre de 1966. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen LXXI, página 15. Amparo directo 1741/62. Carlos Busunat Marterell. 6 de mayo de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Registro digital (IUS): 259028