Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/259042
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259042
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXI, Segunda Parte; Pág. 39
REPARACION DEL DAÑO, MONTO DE LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXI, Segunda Parte; Pág. 39
Tratándose de daño real, no debe tomarse en cuenta la capacidad económica del obligado a pagarlo, ya que ello sólo debe tomarse en consideración tratándose del daño moral.
Precedentes
Amparo directo 2865/65. Rafael Quijada Carrera. 22 de septiembre de 1966. Cinco votos. Ponente: José Luis Gutiérrez Gutiérrez.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen CIV, página 15. Amparo directo 6329/61. José Gutiérrez Sánchez. 21 de febrero de 1966. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen CIV, página 15. Amparo directo 4136/65. Carlos Chowe Fernández. 16 de febrero de 1966. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Volumen CIII, página 39. Amparo directo 7743/64. Rubén Ortiz Tarango. 21 de enero de 1966. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.
Volumen XCVII, página 44. Amparo directo 571/65. Silvestre Paz Juárez. 19 de julio de 1965. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández.
Volumen LXXIV, página 33. Amparo directo 8773/62. Pedro Pacheco Gutiérrez. 26 de agosto de 1963. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Nota:
En el Volumen CIV, página 15, esta tesis aparece bajo el rubro "DAÑO MORAL Y MATERIAL, FIJACION DEL MONTO DE LA REPARACION DEL.".
En el Volumen XCVII, página 44, esta tesis aparece bajo el rubro "REPARACION DEL DAÑO, FIJACION DE LA.".
En el Volumen LXXIV, página 33, esta tesis aparece bajo el rubro "REPARACION DEL DAÑO, LA CONDENA A LA, DEBE SER ESTRICTA.".