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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259058
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CX, Segunda Parte; Pág. 28
ROBO DE INFANTE, EXISTENCIA DEL DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CX, Segunda Parte; Pág. 28
El tipo de delito de robo de infante, se consuma apenas la criatura menor de doce años es conducida por una persona extraña a su familia, aunque sea a corta distancia del lugar de su domicilio y por breves momentos, pues la libertad individual es un derecho que no reconoce confines de espacio ni de tiempo, y queda íntegramente lesionada tan pronto es suprimida, aunque sea por breve espacio de lugar o de tiempo. Por tanto, aunque sucede que el designio del culpable se ve interrumpido por sobrevenir alguna contingencia, como en el caso en que es desapoderado del menor, el delito debe estimarse plenamente ejecutado.
Precedentes
Amparo directo 1248/66. José Cruz Martínez Rosas. 15 de agosto de 1966. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen XXV, página 107. Amparo directo 1014/59. Angel Zárate Zárate. 2 de julio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
En el Volumen XXV, página 107, esta tesis aparece bajo el rubro "ROBO DE INFANTE, CONSUMACION DEL.".