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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259061
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CIX, Segunda Parte; Pág. 12
CICATRICES, INDEBIDA DETERMINACION DE LA PERPETUIDAD Y NOTABILIDAD DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CIX, Segunda Parte; Pág. 12
La determinación científica y judicial de que las lesiones produjeron cicatrices perpetuas y notables, resulta violatoria de las garantías constitucionales del inculpado, cuando no se basa en el examen directo del ofendido.
Precedentes
Amparo directo 51/64. Salvador Ortiz Quiroz. 20 de julio de 1966. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.