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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259070
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CIX, Segunda Parte; Pág. 34
LESIONES QUE PONEN EN PELIGRO LA VIDA. SU DETERMINACION NO DEPENDE DEL TIEMPO EN QUE SANEN.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CIX, Segunda Parte; Pág. 34
Para el efecto de determinar si las lesiones pusieron en peligro la vida del ofendido, es irrelevante el tiempo que hayan tardado en sanar, pues para la comprobación de aquel extremo, es suficiente que los peritos médicos dictaminen fundadamente si las lesiones por su naturaleza y los órganos que interesaron, determinaron un peligro real para la vida del ofendido, aunque este peligro haya sido de mínima duración.
Precedentes
Amparo directo 9894/65. Eleuterio Valenzuela Flores. 21 de julio de 1966. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.