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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259073
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CIX, Segunda Parte; Pág. 37
RAPTO. SUSTRACCION DE LA OFENDIDA DEL MEDIO FAMILIAR.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CIX, Segunda Parte; Pág. 37
La sustracción de la ofendida del medio familiar en que vive, no requiere para su existencia de un período largo de tiempo, sino tan sólo el suficiente para que el agente logre o cuando menos esté en posibilidad de llevar a cabo sus propósitos, en lugar distinto, en el que tenga el más completo dominio sobre la víctima.
Precedentes
Amparo directo 207/64. Federico Charcas. 6 de julio de 1966. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 244, página 503, bajo el rubro "RAPTO INEXISTENTE.".