Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/259082
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
259082
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Segunda Parte; Pág. 21

IMPRUDENCIA, DELITOS POR.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Segunda Parte; Pág. 21

Precedentes

Amparo directo 9067/64. Lucio Zárate Vázquez. 13 de junio de 1966. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen XXVII, página 58. Amparo directo 783/59. Marcos García Pérez. 10 de septiembre de 1959. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Nota: En el Volumen XXVII, página 58, esta tesis aparece bajo el rubro "IMPRUDENCIA.".
Registro digital (IUS): 259082