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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259083
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Segunda Parte; Pág. 22
INJURIAS, CALIDAD DE OFENDIDO Y TESTIGO EN EL DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Segunda Parte; Pág. 22
Independientemente de que una persona sea ofendida por un delito, en conductas como las que integran el de injurias, cuando se trata de expresiones verbales, el ofendido tiene manifiestamente el carácter de testigo de los hechos; se trata de dos categorías procesales que no son incompatibles.
Precedentes
Amparo directo 9306/65. Felipe Martínez Guzmán. 20 de junio de 1966. Mayoría de tres votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.