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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
259090
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Segunda Parte; Pág. 43

INVASION DE TIERRAS, DELITO DE.

[J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Segunda Parte; Pág. 43

Precedentes

Volumen V, página 78. Amparo directo 692/57. J. Demetrio Avilés y coagraviados. 6 de noviembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne. Volumen XII, página 60. Amparo directo 4906/57. José Gómez Pérez. 23 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi. Volumen XVI, página 150. Amparo directo 2015/57. Severiano Peña González. 1o. de octubre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Volumen XL, página 46. Amparo directo 8076/59. Manuel Ordóñez Morales. 20 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega. Volumen XCVIII, página 52. Amparo directo 192/64. José Padilla Benavidez. 16 de agosto de 1965. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández.
Registro digital (IUS): 259090