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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259097
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CVI, Segunda Parte; Pág. 22
FRAUDE, DELITO DE (COLECTAS O LIMOSNAS).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CVI, Segunda Parte; Pág. 22
Es legal la sentencia que considere al reo como autor intelectual del delito de fraude, si aparece acreditado en autos que contrató a otra persona para que pidiera limosna a nombre del párroco de una iglesia, sin estar autorizado por éste último para realizar la mencionada colecta y obteniendo un lucro indebido.
Precedentes
Amparo directo 4426/63. José Reyes Hernández. 1o. de abril de 1966. Cinco votos. Ponente: José Luis Gutiérrez Gutiérrez.