Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/259098
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
259098
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CVI, Segunda Parte; Pág. 23

LESIONES, CLASIFICACION LEGAL DE LAS.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CVI, Segunda Parte; Pág. 23

Precedentes

Amparo directo 3649/64. Juventino Contreras Mejía. 20 de abril de 1966. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen XXXII, página 76. Amparo directo 5168/59. Armando Sánchez Olmedo. 1o. de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez. Nota: En el Volumen XXXII, página 76, esta tesis aparece bajo el rubro "PERITOS.".
Registro digital (IUS): 259098