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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259105
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CVI, Segunda Parte; Pág. 48
RAPTO, ELEMENTOS DEL DELITO DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CVI, Segunda Parte; Pág. 48
Los presupuestos del delito de rapto son: Primero: apoderamiento de una mujer, que supone dos acciones: a) la toma de la mujer; y b) la sustracción, retención o desplazamiento de la misma, lo que ocurre cuando el sujeto activo se la lleva, segregándola del medio de su vida ordinaria, para integrarla en un medio controlado por el raptor. Segundo: violencia física o moral, o la seducción; la violencia física, que consiste en el empleo de la fuerza material en el cuerpo de la ofendida, que anula su resistencia; la violencia moral, que consiste en el empleo de amagos o amenazas graves; y la seducción, esto es, maliciosa conducta lasciva encaminada al halago de la mujer, disminuyendo así su posibilidad de resistencia psíquica, cediendo a la pretensión del sujeto activo. Tercero: Satisfacción de un deseo erótico sexual, que consiste en cualquiera acción lujuriosa, ejecutada físicamente en el cuerpo del sujeto pasivo mediante caricias, manoseos y tocamientos corporales obscenos o que el agente hace ejecutar a su víctima.
Precedentes
Amparo directo 1055/65. Ricardo Moreno Hernández. 13 de abril de 1966. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.