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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259106
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CVI, Segunda Parte; Pág. 49
REPARACION DEL DAÑO, TERMINO PARA RENDIR PRUEBAS PARA LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CVI, Segunda Parte; Pág. 49
Dentro de la técnica del proceso penal no hay propiamente un término exclusivo para la rendición de las pruebas relativas a la reparación del daño, en atención a que desde el auto cabeza de proceso, hasta el que declara cerrada la instrucción, las partes pueden válidamente ofrecer y rendir pruebas.
Precedentes
Amparo directo 2749/63. Rafael Quintana Martínez. 14 de abril de 1966. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 235, página 482, bajo el rubro "PRUEBAS EN EL PROCESO.".