Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/259115
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
259115
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CV, Segunda Parte; Pág. 70

FRAUDE O DOLO CIVIL Y FRAUDE O DOLO PENAL, DISTINCION ENTRE.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CV, Segunda Parte; Pág. 70

Precedentes

Amparo directo 1768/64. Alejandro López Gallegos. 3 de marzo de 1966. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Registro digital (IUS): 259115