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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259128
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CIV, Segunda Parte; Pág. 12
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CIV, Segunda Parte; Pág. 12
El estado de ebriedad y el ataque a la autoridad por parte de las acusadas, no son en sí suficientes para negar el beneficio de la condena condicional, ni para estimar su peligrosidad.
Precedentes
Amparo directo 7214/65. José Refugio Vaca y Miguel Vaca Garibay. 24 de febrero de 1966. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.