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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259143
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CIV, Segunda Parte; Pág. 23
QUERELLA DEL COMPRADOR EN LA COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO (LEGISLACION DEL ESTADO DE DURANGO).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CIV, Segunda Parte; Pág. 23
Cuando en un contrato de compraventa con reserva de dominio, el comprador sea considerado como arrendatario del bien vendido, tomando a su cargo todos los riesgos, es evidente que sí tiene legitimidad para querellarse por el delito imprudencial con el que se ocasione daños al bien de referencia y, por ello, queda cubierto el requisito de procedibilidad exigido por el artículo 52 del Código Penal de Durango.
Precedentes
Amparo directo 4602/64. Angel Ramírez Alvarado. 17 de febrero de 1966. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández.