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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
259151
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CIV, Segunda Parte; Pág. 29

TENTATIVA (HOMICIDIO) LEGISLACION DE VERACRUZ.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CIV, Segunda Parte; Pág. 29

Precedentes

Amparo directo 3229/65. Juan Jiménez Ramírez. 2 de febrero de 1966. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen XXXIII, página 102. Amparo directo 7480/59. Jesús Félix Miske y coagraviados. 28 de marzo de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez. Nota: En el Volumen XXXIII, página 102, esta tesis aparece bajo el rubro "TENTATIVA DE HOMICIDIO (LEGISLACION DE SONORA).".
Registro digital (IUS): 259151