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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259190
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CI, Segunda Parte; Pág. 32
CONDENA CONDICIONAL, NEGATIVA DE LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CI, Segunda Parte; Pág. 32
La negativa de la condena condicional debe razonarse y fundarse por parte de la autoridad judicial, precisando en la especie que requisito o requisitos estima incomprobados para concederla, así como los fundamentos probatorios en que se basa dicha resolución.
Precedentes
Amparo directo 5326/64. Víctor Domínguez Guzmán. 8 de noviembre de 1965. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.