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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259194
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CI, Segunda Parte; Pág. 36
LEGITIMA DEFENSA PUTATIVA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CI, Segunda Parte; Pág. 36
En la defensa putativa, existe un error esencial sobre la existencia de la agresión y el sujeto cree a virtud de dicho error esencial que está rechazando una agresión que tiene todas las características de la que es supuesto de la defensa legítima; y a consecuencia de ello no existe dolo alguno en su acción porque falta la conciencia de la ilicitud, ya que precisamente a virtud del error esencial insuperable cree actuar dentro del supuesto de la defensa legítima.
Precedentes
Amparo directo 5310/63. Eufracio Rangel Delgadillo. 18 de noviembre de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.