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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259205
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CI, Segunda Parte; Pág. 51
RIÑA E INTERCAMBIO DE GOLPES.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CI, Segunda Parte; Pág. 51
Es cierto que la riña es "contienda de obra y no de palabra", pero ello no significa que fatalmente ambos contendientes lleguen a lesionarse recíprocamente, si es que por una cuestión puramente circunstancial uno de quienes han decidido acometerse no alcanza a su adversario, quien lo pone fuera de combate de inmediato.
Precedentes
Amparo directo 4823/65. Miguel Sánchez Gaona. 22 de noviembre de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.