Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/259222
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259222
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Segunda Parte; Pág. 23
CONDENA CONDICIONAL EN DELITOS CONTINUOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Segunda Parte; Pág. 23
El hecho de que el delito sea continuo y que durante el proceso se siga cometiendo, no es razón para negar la condena condicional, pues en ese caso todos los delitos continuos no tendrían ese beneficio conforme a una distinción que la ley no hace y, por otra parte, los hechos posteriores a la consignación y que constituyeran un delito de la misma naturaleza, serían objeto de un nuevo ejercicio de la acción penal.
Precedentes
Amparo directo 6508/65. Raymundo González Díaz. 28 de octubre de 1965. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.