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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259245
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Segunda Parte; Pág. 45
PRUEBA PERICIAL. OMISION DE LA JUNTA DE PERITOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Segunda Parte; Pág. 45
Si de acuerdo con la ley procesal, no debe prescindirse de la junta de peritos, pero ella se omite por cualquier causa no imputable al acusado, a pesar de que intervenga un perito tercero en discordia, la prueba pericial no se integra en término de ley y no puede apreciarla el juzgador en su verdadero valor.
Precedentes
Amparo directo 1146/65. Crescencio Díaz Márquez. 27 de octubre de 1965. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.