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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259246
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Segunda Parte; Pág. 46
RIÑA, INEXISTENCIA DE LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Segunda Parte; Pág. 46
Aun cuando en el lugar de los hechos se encuentren signos de lucha, y uno de los testigos manifieste que el ofendido se "revolcaba" con el acusado a quien sujetaba, tales circunstancias no prueban la existencia de una contienda, sino actos ejecutados por parte del ofendido en defensa de su vida y de la de sus familiares, si fue atacado por el acusado cuando dormía dentro de su domicilio.
Precedentes
Amparo directo 6349/63. Román Espinosa Calvo. 21 de octubre de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.