Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/259248
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
259248
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Segunda Parte; Pág. 44

ROBO DE USO.

[J]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Segunda Parte; Pág. 44

Precedentes

Volumen XLIII, página 92. Amparo directo 6948/60. Rutilo Lobato Valle. 27 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Volumen LVIII, página 75. Amparo directo 8155/61. Jorge Ramírez Patiño. 12 de abril de 1962. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Volumen LXII, página 64. Amparo directo 8965/61. Gerardo Ortega Ruiz. 30 de agosto de 1962. Cinco votos. Ponente: Alberto R. Vela. Volumen LXXVI, página 39. Amparo directo 7546/61. Raúl Rodríguez Monterrubio. 17 de octubre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Volumen LXXVI, página 39. Amparo directo 4287/62. Luis Eugenio López Chacón. 17 de octubre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 259248