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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259253
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Segunda Parte; Pág. 54
TESTIMONIOS ANTE AUTORIDAD INCOMPETENTE, VALIDEZ DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Segunda Parte; Pág. 54
Si los testigos rinden sus declaraciones ante el jefe de Tránsito, autoridad incompetente para el efecto, y no obstante que las manifestaciones de esa índole carecen de eficacia probatoria, por razón de que se emitieron fuera de juicio y ante autoridad incompetente, aquellas declaraciones no son ineficaces si los testigos, al ser careados con el acusado, sostuvieron, en todas y cada una de sus partes, lo declarado con anterioridad, circunstancia que viene a convalidar lo relatado ante la autoridad incompetente.
Precedentes
Amparo directo 2466/64. Francisco Félix Aguilera. 27 de octubre de 1965. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.