Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/259267
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259267
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIX, Segunda Parte; Pág. 43
IMPRUDENCIA, DELITOS POR.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIX, Segunda Parte; Pág. 43
Si el conductor de un vehículo de motor, comete un delito encontrándose en estado de ebriedad, careciendo de licencia para manejar el mismo, y además confiese que acaba de adquirir dicho vehículo, es de inferirse por todos éstos elementos aunados entre sí, que dicho conductor no tiene pericia en el manejo de vehículos de motor.
Precedentes
Amparo directo 1855/65. Ramón Ortega Ortega. 29 de septiembre de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.