Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/259273
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259273
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIX, Segunda Parte; Pág. 61
POLICIA FEDERAL DE CAMINOS, VALOR DE LOS INFORMES RENDIDOS POR LOS AGENTES DE LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIX, Segunda Parte; Pág. 61
El parte rendido por los agentes de la Policía Federal de Caminos, aun cuando no hayan sido testigos presenciales, resulta valioso por cuanto emana de técnicos en la materia que por razón de las funciones que desempeñan, sus juicios están en la mayor parte de los casos apegados a la verdad y constituyen, en consecuencia, indicios que, juntamente con los demás existentes en el proceso, pueden llevar a la convicción de que el cuerpo del delito o la plena responsabilidad del inculpado se encuentran debidamente demostrados.
Precedentes
Amparo directo 4992/64. Rodolfo Alcaraz Valencia. 30 de septiembre de 1965. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen LIII, página 55. Amparo directo 2016/61. Francisco González Gámez. 22 de noviembre de 1961. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Nota: En el Volumen LIII, página 55, esta tesis aparece bajo el rubro "POLICIA DE CAMINOS, VALOR DE LOS INFORMES RENDIDOS POR LOS AGENTES DE LA.".