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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259290
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVIII, Segunda Parte; Pág. 54
LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVIII, Segunda Parte; Pág. 54
Si una vez que ya había cesado el peligro al acusado, puesto que su agresor se encontraba tirado y sin defensa, el inculpado prolongó su acción defensiva en forma innecesaria rematándolo con dos balazos, se estima que hay exceso en la legítima defensa, pues ésta se configura no sólo en el caso en la que al repelerse una agresión se recurra a medios excesivos, desproporcionados e innecesarios, sino cuando también se prolonga la acción defensiva, una vez concluido el ataque y el peligro que el mismo representa para el que se defiende.
Precedentes
Amparo directo 9731/64. Domitilo Cabrera Juárez. 11 de agosto de 1965. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen LXX, Segunda Parte, página 13, tesis de rubro "LEGITIMA DEFENSA.".