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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 259306
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVII, Segunda Parte; Pág. 30
ABUSO DE CONFIANZA Y FRAUDE. DIFERENCIAS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVII, Segunda Parte; Pág. 30
Una cosa es disponer de la cosa entregada en confianza y otra lograr la confianza de alguien para que entregue la cosa; si en el primer caso se dispone del objeto se está en presencia del abuso de confianza; en el segundo, lo que existe es el agotamiento del delito de fraude genérico, pues la disposición gratuita u onerosa recae sobre el bien obtenido mediante el proceso engañoso.
Precedentes
Amparo directo 2381/65. Armando Aburto Hernández. 29 de julio de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.